Usuarios de telefonía móvil deberán vincular su línea con INE y CURP antes del 30 de junio
Las autoridades advirtieron que, en caso de no cumplir con el proceso de vinculación dentro del plazo establecido, los proveedores de servicios podrán deshabilitar las líneas.
CIUDAD DE MÉXICO.- A partir del 9 de enero y hasta el 30 de junio de 2026, todos los usuarios de telefonía móvil en México deberán vincular su número de celular con una identificación oficial (INE) y su CURP como parte de una nueva disposición federal.
La medida aplica tanto para líneas de prepago como de pospago.
El registro deberá realizarse ante la compañía telefónica correspondiente, ya sea de forma presencial o mediante los canales digitales que habiliten los operadores. En el caso de las personas morales, será obligatorio presentar el RFC para asociar las líneas utilizadas por su personal.
Las autoridades advirtieron que, en caso de no cumplir con el proceso de vinculación dentro del plazo establecido, los proveedores de servicios podrán deshabilitar las líneas.
El objetivo de la medida es crear un padrón nacional de usuarios que permita identificar a los titulares de cada número y evitar el uso de líneas telefónicas para la comisión de delitos.
Telcel informó que la disposición es oficial y exhortó a sus clientes a completar el trámite con anticipación, ofreciendo información y acompañamiento durante el proceso. Por su parte, la CRT recordó que, aunque las líneas de pospago ya exigían identificación, ahora ambas modalidades estarán sujetas a los mismos requisitos.
Los datos que se recabarán incluyen nombre o razón social, CURP o RFC, número telefónico, tipo de identificación oficial y el resultado de la validación de identidad, los cuales estarán protegidos conforme a la legislación vigente y no podrán ser utilizados de forma indebida ni sin autorización.
El acuerdo también contempla la creación de una plataforma de consulta, donde los usuarios podrán verificar qué líneas están registradas a su nombre y solicitar la desvinculación de números no reconocidos, así como una plataforma de gestión para los operadores. Se establece un límite de hasta 10 líneas por persona física, con excepción de personas morales y físicas con actividad empresarial acreditada.
Finalmente, se prevé que, en casos de contingencia o afectaciones regionales, los operadores puedan habilitar de forma temporal líneas no registradas por un periodo de hasta 15 días, o el tiempo que determine la autoridad reguladora.