La aprobación se llevó a cabo en sesión plenaria el 22 de abril de 2026 en Mexicali.
La reforma tiene como objetivo actualizar el tipo penal de maltrato y crueldad animal, así como crear el Registro Estatal de Agresores de Animales. El dictamen fue presentado ante el pleno por la diputada Angélica Peñaloza e incluye modificaciones a los artículos 342, 342 Quáter y 342 Sexties del Código Penal Estatal, con el propósito de armonizar el marco legal y garantizar el bienestar de los animales domésticos como seres sintientes.
Además, se adiciona un capítulo a la Ley de Protección de los Animales Domésticos para incorporar nuevos supuestos de maltrato, como el abandono, la desnutrición o deshidratación, así como el uso de animales enfermos o lesionados para trabajo. El delito será perseguido de oficio y las personas agresoras perderán el derecho a poseer o adquirir animales domésticos.
La reforma establece un esquema de sanciones diferenciado: de uno a cinco años de prisión y multa de 200 a 500 UMAS para casos de menor lesividad, y de tres a ocho años de prisión con multas de 400 a 700 UMAS para los de mayor gravedad.
El Registro Estatal de Agresores de Animales será una base de datos administrativa con personas que cuenten con sentencia firme por estos delitos. Su operación estará a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, en coordinación con el Poder Judicial del Estado, y será de carácter público para consulta de establecimientos autorizados y albergues municipales.