Miércoles 30 de septiembre de 2026
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Reforma electoral de Maru Campos no podrá sancionar a candidatos por actos ilícitos de terceros: SCJN

Reforma electoral de Maru Campos no podrá sancionar a candidatos por actos ilícitos de terceros: SCJN

Maru Campos presentó reforma contra el crimen en elecciones; la Corte tumbó parte de sus sanciones

CDMX.- La gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, presentó y defendió una reforma electoral para frenar la intervención del crimen organizado en las elecciones, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó parte de sus disposiciones. El motivo: permitían castigar a partidos y candidaturas por beneficiarse de actos de violencia, sin demostrar que hubieran participado o fueran responsables.

La reforma, aprobada por el Congreso estatal, modificó las reglas para organizar las elecciones y sancionar conductas que afectan el voto. Entre las medidas defendidas por Campos estaban la posibilidad de anular una elección cuando se acreditara la intervención de grupos criminales y establecer impedimentos para que personas vinculadas con la delincuencia pudieran competir.

Sin embargo, el problema que encontró la Corte estuvo en cómo se establecieron algunos castigos. Las disposiciones permitían sancionar a quienes recibieran un beneficio directo de amenazas, intimidación, violencia o presión sobre los electores, aunque esos hechos fueran cometidos por otras personas.

La posibilidad de anular una elección sigue en pie. La Corte validó que esto ocurra cuando se demuestren hechos de delincuencia permanente o sistemática que hayan influido en el proceso electoral. Para invalidar el resultado, esos actos deberán ser graves, intencionales y determinantes: tener un peso decisivo en el resultado de la votación.

Lo que la Corte rechazó fue sancionar a una persona únicamente porque resultó beneficiada por actos ilícitos de terceros. Si alguien ejerce violencia o amenaza a electores para favorecer a una candidatura, ese beneficio, por sí solo, no permite responsabilizar al candidato. Debe demostrarse su responsabilidad en los hechos.

También quedaron sin efecto las disposiciones que establecían la pérdida automática del derecho a registrarse como candidato o la cancelación del registro. La autoridad electoral tendrá que revisar las circunstancias de cada caso y determinar un castigo acorde con la conducta y la responsabilidad acreditadas.

Además, el Congreso de Chihuahua deberá actualizar su legislación para ajustarla a la Constitución federal en materia de nepotismo electoral, relacionado con candidaturas de familiares de quienes ocupan determinados cargos. También deberá incorporar la intervención extranjera como motivo para anular una elección.

Con esta resolución, Chihuahua conserva la herramienta para invalidar elecciones afectadas por la delincuencia bajo las condiciones señaladas por la Corte. Para castigar a una persona o retirarle una candidatura, las autoridades deberán acreditar su responsabilidad y evaluar cada caso, sin aplicar sanciones automáticas.

Rodrigo Soto
Rodrigo Soto Columnista

Columnista de BCTneus